Valor energético, alérgenos e intolerancias deben indicarse en la etiqueta física
11/07/2023 Bacosoft LEX
Nos consta que algunas bodegas estáis empezando a incorporar los códigos QR en las etiquetas de vinos y productos vitivinícolas aromatizados y queremos recordaros un aspecto que hay que tener presente. El Reglamento (UE) 2021/2117 establece que, aunque se haya optado por la utilización de códigos QR, el valor energético, los alérgenos y las intolerancias deben aparecer siempre impresos en la etiqueta física. Concretamente dice:
«Con el fin de facilitar a los consumidores un mayor nivel de información, las indicaciones obligatorias con arreglo al artículo 119 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 deben incluir información nutricional y una lista de ingredientes. No obstante, los productores deben tener la posibilidad de limitar únicamente al valor energético el contenido de la información nutricional indicada en el envase o en una etiqueta sujeta a este y de poner a disposición la información nutricional completa y la lista de ingredientes por vía electrónica, siempre que eviten toda recopilación o seguimiento de datos de los usuarios y no faciliten información con fines de comercialización. No obstante, la opción de no facilitar información nutricional completa en el envase o en una etiqueta sujeta a este no debe afectar al requisito vigente de enumerar en la etiqueta las sustancias que causan alergias o intolerancias.»
No olvidéis, por lo tanto, incluir valor energético, alérgenos e intolerancias en vuestras etiquetas físicas.